Reclama tu complemento sin pagar por adelantado. ¡Sólo cobramos si ganas!
Calcula tu importe y te ayudamos a reclamar el Complemento de Maternidad en tu pensión sin pagar nada por adelantado.
Requisitos para reclamar tu Complemento por Maternidad:
Ser hombre.
Haberte jubilado entre enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
Tener dos o más hijos.
Tienes derecho a un complemento de entre un 5 y un 15% en tu pensión.
También en pensiones de incapacidad y viudedad.
Válido para prestaciones de jubilación forzosa, viudedad o incapacidad permanente en el Régimen de Clases Pasivas.
Ya hemos ayudado a más de 200 jubilados
Calcula tu importe y te ayudamos a reclamar el Complemento de Maternidad en tu pensión.
Documentación necesaria para reclamar tu complemento de maternidad:
DNI
Libro de Familia
Resolución de reconocimiento de la prestación
¿Tienes preguntas sobre la reclamación del Complemento de Maternidad?
En BR ADVOCATS somos expertos en este tipo de reclamaciones. Más de 200 jubilados están satisfechos con nuestras reclamaciones.
¿Qué hombres pueden reclamar el Complemento de Maternidad?
Los que hayan tenido una resolución del INSS (Instituto Nacional Seguridad Social) u ORGANISMO COMPETENTE del RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS de una pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente desde el 01/01/2016 hasta el 03/02/2021 y hayan tenido o adoptado 2 hijos como mínimo.
¿Qué porcentaje puedo incrementar de mi pensión?
Si he tenido/adoptado dos hijos un 5%, si he tenido/adoptado tres hijos un 10%, si he tenido/adoptado más de tres hijos un 15%.
¿Si he percibido una pensión jubilación forzosa, viudedad o incapacidad permanente en el Régimen de Clases Pasivas por haber sido funcionario entre el 01/01/2016 y el 03/02/2021 tengo derecho al Complemento de Maternidad?
Sí.
¿Si se me ha reconocido una prestación por jubilación activa entre el 01/01/2016 y el 03/02/2021 tengo derecho al Complemento de Maternidad?
No.
¿Si se me ha reconocido una prestación por jubilación parcial entre el 01/01/2016 y el 03/02/2021 tengo derecho al Complemento de Maternidad?
No.
¿Si me he jubilado anticipadamente entre el 01/01/2016 y el 03/02/2021 tengo derecho al Complemento de Maternidad?
En algunos casos. Siempre que se cumplan unos requisitos determinados.
¿Influye la edad de mis hijos para el reconocimiento del Complemento de Maternidad?
No.
¿Puedo solicitar los atrasos de este Complemento de Maternidad desde la resolución de mi pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente?
Sí.
¿Una vez reconocido el Complemento de Maternidad se me incluirá en mi pensión futura?
Sí.
¿Se puede reclamar el Complemento de Maternidad en caso de que el beneficiario (hombre) haya fallecido?
Sí. Los herederos pueden solicitar el complemento desde la resolución hasta la fecha del fallecimiento, siempre que la resolución de la pensión se haya resuelto entre el 01/01/2016 y el 03/02/2021.